PROFESORES DE ATACAMA EXIGEN RENUNCIA DE SEREMI DE EDUCACIÓN POR APOLOGÍA AL GOLPE DE ESTADO Y LA VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS

El Directorio Comunal de Copiapó, el Directorio Territorial Huasco y el Directorio Regional de Atacama del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile expresaron su repudio a la publicación en redes sociales de la Secretaria Regional Ministerial de Atacama, Silvia Álvarez Matthews, en la que llama a celebrar el 11 de Septiembre «a todos los chilenos bien nacidos». Desde el gremio docente se recordó que la fecha fue el inicio de la desaparición, ejecución, tortura, exilio y exoneración de miles de personas, entre ellas cientos de docentes, y se condenó que una autoridad de gobierno haga apología de la violencia y del terrorismo de Estado.

 

 

 

DECLARACIÓN PÚBLICA 11 DE SEPTIEMBRE

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DECLARACION 11 SEPT 2021

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CONGRESO NACIONAL DESPACHÓ PROYECTO DE LEY QUE RESUELVE MÚLTIPLES DEMANDAS DEL PROFESORADO: TITULARIDAD, VACACIONES, DESPIDOS POR EVALUACIÓN DOCENTE Y OTRAS

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados dio su aprobación final al Boletín 11.780-04, «que modifica la ley N° 19.070, que Aprueba Estatuto de los Profesionales de la Educación, en diversas materias de orden laboral». Con ello, se terminó su tramitación en el Congreso Nacional y solo resta su promulgación por parte del Presidente de la República y la publicación en el Diario Oficial para que sea Ley. Sin embargo, el Ejecutivo hizo reserva de constitucionalidad de algunos puntos del proyecto, por lo que podría terminar siendo revisado por el Tribunal Constitucional. Aquí el detalle de todas las conquistas que lograría el profesorado si se promulga finalmente la ley.

El Boletín 11.780-04 consta de tres partes. La primera aborda modificaciones a la Ley conocida como Estatuto Docente, la segunda implica modificaciones a la ley conocida como Titularidad Docente y la tercera incluye dos Artículos Transitorios que resuelven dos problemáticas específicas del profesorado. A continuación los detalles.

 

I.- El proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional realiza modificaciones en la Ley 19.070, conocida como «Estatuto Docente», que son las siguientes:

1.- En el Artículo 41 del Estatuto Docente agrega una frase y reemplaza una oración, con lo que quedaría así:

«Para todos los efectos legales, el feriado de los profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales será el período de interrupción de las actividades escolares en los meses de enero a febrero o el que medie entre el término del año escolar y el comienzo del siguiente, según corresponda, así como durante la interrupción de las actividades académicas en la época invernal de cada año. Durante dicha interrupción sólo podrán ser convocados para cumplir actividades de perfeccionamiento inscritas en el Registro Nacional del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, durante las tres primeras semanas de enero. Dicha convocatoria deberá realizarse, a más tardar, el día 30 de noviembre del año escolar docente respectivo.»

En cursiva están los cambios que haría el proyecto de ley, que implican la consagración legal de las vacaciones de invierno y el establecimiento de una fecha límite para convocar a actividades de perfeccionamiento en el verano, quedando ésta en el 30 de Noviembre. Además, se fija que la convocatoria a perfeccionamiento puede hacerse solo a actividades inscritas en el Registro Nacional del CPEIP, evitando la convocatoria a programas sin certificación ni respaldo.

 

2.- En el Artículo 41 Bis del Estatuto Docente sustituye una expresión e intercala una frase, con lo que quedaría así:

«Los profesionales de la educación con contrato vigente al 1 de diciembre, tendrán derecho a que éste se prorrogue por los meses de enero y febrero o por el período que medie entre dicho mes y el día anterior al inicio del año escolar siguiente, siempre que el profesional de la educación tenga más de seis meses continuos de servicios para el mismo municipio o corporación educacional municipal y Servicios Locales de Educación Pública

Se anotan en cursiva los cambios al artículo, que consagran el pago de sueldo durante enero y febrero al tener el contrato vigente el 1 de diciembre de cada año, siempre que se tenga más se seis meses continuos de trabajo en el DEM, DAEM, Corporación Municipal y, ahora también SLEP respectivo.

 

3.- En el artículo 70 del Estatuto docente, que regula la Evaluación Docente, se elimina completamente la parte final del inciso séptimo, que establece actualmente lo siguiente: «En caso de que resulten calificados con desempeño básico en tres evaluaciones consecutivas o en forma alternada con desempeño básico o insatisfactorio durante tres evaluaciones consecutivas, dejará de pertenecer a la dotación docente.» Con esta eliminación, se termina con esta causal de despido por malas evaluaciones reiteradas.

 

4.- En el Artículo 70 del Estatuto Docente se modifica, también, el inciso undécimo y se agrega un inciso decimotercero, en los siguientes términos:

Inciso undécimo:

“Podrán eximirse del proceso de evaluación docente establecido en los incisos anteriores, los profesionales de la educación a quienes les falten tres años o menos para cumplir la edad legal para jubilar. Con todo, estos profesionales quedarán sujetos a lo prescrito en los artículos 73, 73 bis y 74 o en la ley de incentivo al retiro que se encuentre vigente. No podrá eximirse del proceso de evaluación docente el profesional de la educación que continúe en funciones, una vez cumplida la edad legal para jubilar.”.

Inciso decimotercero:

“Los profesionales de la educación que se hayan eximido del proceso de evaluación docente de conformidad con lo dispuesto en el inciso undécimo, no perderán el derecho a acceder al bono post laboral establecido en la ley N° 20.305 ni a los bonos de incentivo al retiro vigentes a la fecha de tal eximición.”

Estas modificaciones consagran el derecho de los docentes próximos a jubilarse a eximirse de la Evaluación Docente sin perder el bono post laboral ni los bonos de incentivo al retiro vigentes.

 

5.- En el Artículo 72 del Estatuto Docente, se derogan las letras g) y k) del inciso primero, haciendo la concordancia necesaria para terminar con la causal de despido por malos resultados en la Evaluación Docente y para permitir la eximición de los docentes próximos a jubilar.

 

II.- El Proyecto de Ley aprobado por el Congreso Nacional realiza modificaciones a la Ley 19.648, conocida como Ley de Titularidad Docente.

Reemplaza el guarismo «2018» por «2021», elimina las palabras «de aula» y elimina la oración “La titularidad de las horas a contrata operará sólo respecto de aquellas contratadas en aula y sus correspondientes horas no lectivas.” Con esto, se aprueba la Titularidad Docente 2021 incluyendo a profesoras y profesores que ejercen funciones docentes fuera del aula.

 

III.- El Proyecto de Ley aprobado por el Congreso Nacional incluye dos disposiciones transitorias.

1.- El artículo primero transitorio resuelve la problemática enfrentada por algunos docentes a raíz de la Circular 302 del CPEIP que les quitaba la asignación por alumnos prioritarios, ya que suspende el cómputo del plazo en el cual se han mantenido en el tramo profesional inicial o temprano de la carrera profesional docente durante los años 2021 y 2022.

2.- El artículo segundo transitorio resuelve la situación de los docentes evaluados el año 2015 que tuvieron perjuicios en su encasillamiento ya que se les permite «elegir para su reencasillamiento el resultado con mejor desempeño de portafolio, ya sea 2015 ó 2019, en conjunto con la Prueba de Conocimientos Específicos y Pedagógicos, 2019. En el caso que estos resultados no sean favorables para reencasillarlos, permítaseles la posibilidad de rendir voluntariamente la Prueba de Conocimientos Específicos y Pedagógicos, antes de su próxima evaluación.”

 

 

 

Aquí el texto íntegro del Boletín 11.780-04 ya aprobado totalmente por el Congreso Nacional:

11780-04 Modifica Estatuto Docente aspectos laborales

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MAGISTERIO Y COMISIÓN DE EDUCACIÓN PRESENTAN PROYECTO DE LEY PARA AGILIZAR PAGO DE BONO DE RETIRO

Diputados y diputadas de la Comisión de Educación presentaron hoy el Proyecto de Ley que tiene como finalidad agilizar el pago, decretado por Ley en el año 2017, de los bonos de incentivo al retiro para docentes y asistentes de la educación. La iniciativa que fue propuesta por el Colegio de Profesoras y Profesores de Chile, cuyo presidente nacional, Carlos Díaz Marchant indicó:  “Lo hemos dicho incansablemente: es inhumano el tiempo que hay que esperar para que el profesor reciba el bono de retiro. Estamos hablando de una ley de la República, una ley que está financiada. Por tanto, no hay ninguna explicación para justificar que los profesores tengan que esperar tres, cuatro, cinco años el pago de este bono”.

El Bono Retiro es un beneficio que permite a los docentes en edad de jubilar recibir un monto de dinero que compense los bajos sueldos recibidos durante su vida profesional, constituyéndose como un incentivo para retirarse de las aulas, es decir, el no pago de este derecho significa una merma directa en su calidad de vida. Al respecto, el diputado Rodrigo González (PPD) señaló: «Hay profesores y asistentes que han fallecido sin poder recibir su retiro por las trabas administrativas, burocráticas y la demora que ha tenido el Ministerio de Educación y las Corporaciones Municipales, y con estos proyectos buscamos hacer expedito y ágil el sistema de retiros porque las leyes y los derechos tienen que cumplirse, no es posible que leyes dictadas hace más de 5 años no se estén cumpliendo”.

Desde el inicio de su gestión, como presidente nacional del Magisterio, Carlos Díaz, se ha preocupado personalmente de que este problema llegue a su fin, reuniéndose a principio de año con los encargados de Presupuesto de la Subsecretaría de Educación, a quienes hoy también los emplazó: «Hacemos un llamado al Ministro de Educación, al Subsecretario de Educación y al Gobierno a que cumpla la Ley con los trabajadores, no es posible que en este país solo el cumplimiento de la ley se les exija a unos pocos pero cuando son los trabajadores a lo que no se les cumple, no pasa absolutamente nada». En ese sentido, la diputada Camila Rojas (Comunes) expresó que este Proyecto de Ley tiene prioridad: «hay profesores que han muerto en la espera y eso no se puede seguir permitiendo».

A continuación el punto de prensa donde se presenta el Proyecto de Ley que Agiliza el Pago de Bono de Retiro:

MOCION modifica ley de incentivo al retiro profesionales de la educación version definitiva

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ESTE ES EL TEXTO ÍNTEGRO DE LA LEY DE SUSPENSIÓN DE LA EVALUACIÓN DOCENTE 2021 QUE APROBÓ EL CONGRESO NACIONAL

El Poder Legislativo ya envió al Presidente de la República el oficio en que da cuenta de la aprobación por parte del Senado y la Cámara de Diputadas y Diputados del proyecto de ley que suspende la Evaluación Docente 2021. Ahora, solo resta que el Primer Mandatario promulgue la iniciativa legal y la publique en el Diario Oficial, con lo que entrará en vigor en todo el país.

14226-04 ref con 14298-04, 14300-04 suspensión SIMCE

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MAGISTERIO RECHAZA DICTAMEN DE LA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN QUE MULTA A COLEGIOS QUE NO VUELVAN A CLASES PRESENCIALES

Como “una medida que amedrenta y agobia a las comunidades educativas” calificó el Presidente del Colegio de Profesoras y Profesores, Carlos Díaz Marchant, el dictamen de la Superintendencia que multa a establecimientos que no vuelvan a las clases presenciales.

Dictamen-N°-0058_SuperEducación

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SE PRESENTÓ PROYECTO DE LEY DE CONECTIVIDAD PARA ESCUELAS EN EL CONGRESO

La diputada Camila Vallejo presentó un proyecto de ley para garantizar la conexión estable y veloz a internet en los establecimientos educacionales de Chile. El Magisterio respalda la iniciativa en la línea de defender el fortalecimiento de la Educación Pública y la equidad educativa para todas y todos los estudiantes del país.

 

Proyecto de ley que establece el derecho a la conectividad

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PROYECTO DE LEY DE TITULARIDAD DOCENTE 2021 SERÁ REVISADO POR LA SALA DE LA CÁMARA EL MIÉRCOLES 1º DE SEPTIEMBRE

Iniciativa legal que otorga estabilidad laboral a miles de profesoras y profesores ya fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Educación, donde también se aprobó, por amplia mayoría, una indicación que amplía el universo de beneficiarios al eliminar el requisito de desempeñarse como «docente de aula». La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados verá el proyecto el miércoles 1º de Septiembre en el tercer lugar de la tabla. En caso de aprobarse, la moción podría seguir hacia su tramitación en el Senado.

Proyecto de Ley de Titularidad Docente 2021 en tramitación:

Tabla de la Semana de la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados:

TablaSemanal

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Informe de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputadas y Diputados sobre el Proyecto de Ley de Titularidad Docente 2021:

Informe titularidad

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COMUNICADO PÚBLICO: MOVILIZACIÓN NACIONAL POR UNA VERDADERA EDUCACIÓN PÚBLICA

«La aprobación el año 2017 de la Ley 21.040 fue un duro golpe a la Educación Pública del país, pues luego de décadas de lucha por desmunicipalizar el sistema educativo y fortalecer la educación pública, se aprueba una ley de continuidad con las políticas del mercado de la educación y la precarización de ésta. Reforzamos nuestro absoluto compromiso con los valores, principios y objetivos de una Educación Pública administrada directamente por el Estado, con un nuevo sistema de financiamiento que permita entregar una Educación de Excelencia a nuestras y nuestros estudiantes y sus familias.»

Comunicado Movilización 26 de Agosto

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MAGISTERIO DESARROLLA ACCIONES A FAVOR DE ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA MINISTRO DE EDUCACIÓN

El Directorio Nacional del Colegio de Profesoras y Profesores emitió una Circular Informativa del estado de situación de la Acusación Constitucional contra Raúl Figueroa, titular de la cartera de Educación, y llamó al profesorado a realizar una serie de acciones de manifestación ante las diputadas y diputados, para asegurar su voto favorable ante el libelo.

021 ACUSACION CONSTITUCIONAL

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MINUTA

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ESTA ES LA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RAÚL FIGUEROA

Aquí el documento íntegro presentado por doce diputadas y diputados para exigir la destitución del cargo de Ministro de Educación a Raúl Figueroa. La Acusación Constitucional consta de tres capítulos en torno a la infracción a la Constitución y las leyes en relación con la vulneración del derecho a la educación, en materia de regulación y financiamiento; en relación con las vulneraciones que afectan a las trabajadoras y trabajadores de la educación; y en relación a la amenaza a la vida e integridad física y psíquica.

Acusación Constitucional Raúl Figueroa (3) (1)

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Puede ver toda la documentación anexa a la Acusación Constitucional en: https://www.camara.cl/legislacion/comisiones/documentos.aspx?prmID=3202