PLAN DE ACCIÓN DEL MAGISTERIO ANTE EL RECHAZO A LA SUSPENSIÓN DE LA EVALUACIÓN DOCENTE

«Debido al rechazo de la Cámara de Diputados a la suspensión de la Evaluación Docente, llamamos a todo el profesorado a realizar las siguientes acciones:»

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DECLARACIÓN PÚBLICA: MAGISTERIO EN ESTADO DE ALERTA

«Con el bloqueo de los Diputados de la Alianza por Chile y Republicanos, los mismos que hoy defienden el Rechazo para el Plebiscito de salida, la iniciativa respaldada por el Gobierno y el profesorado no logró los votos necesarios. Esto expresa claramente lo que representa el Rechazo en el Plebiscito de salida: mantener la educación de mercado tal como está y seguir agobiando y explotando al magisterio».

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[PLATAFORMA CONTEXTO] LA NUEVA CONSTITUCIÓN DE CHILE: CON PERAS Y MANZANAS

Esta guía busca acercar a la ciudadanía el borrador de la nueva Constitución, que surgió de un proceso de deliberación democrática inédito en la historia republicana de Chile. Este libro contiene una síntesis de los principales aspectos de la propuesta de nueva Constitución hecha por la Convención Constitucional. Así, pretende entregar herramientas para que la ciudadanía pueda votar de manera informada en el plebiscito del 4 de septiembre de 2022, un hito clave para Chile.

Además, si el texto constitucional es aprobado en el plebiscito, esta guía también acompañará a la ciudadanía durante los años que vienen, y nos ayudará a entender los cambios que trae la nueva carta fundamental y lo que podrían significar para el país y para las futuras generaciones.

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«HOY DÍA SE HA CRUZADO UNA LÍNEA MUY PELIGROSA: SE HA AMENAZADO DE MUERTE A LAS PROFESORAS Y PROFESORES DE CHILE»

«No es posible que se venga a basurear a las profesoras y profesores de Chile, es tiempo de desterrar el odio y las maestras y maestros de Chile estamos construyendo el país del futuro todos los días, estamos trabajando por construir una sociedad de paz, inclusiva, en donde todas y todos podamos coexistir dignamente. Por eso, las y los profesores vamos a seguir luchando», plantea Carlos Díaz Marchant, Presidente del Magisterio ante la inaceptable amenaza recibida por los docentes del país por parte de la campaña del Rechazo.

 

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CUADRO COMPARATIVO ENTRE CONSTITUCIONES: EDUCACIÓN

Aquí un cuadro comparativo sobre Educación entre la actual Constitución Política de la República, vigente, y la Propuesta de Nueva Constitución redactada por la Convención Constitucional, que se plebiscitará el 4 de septiembre de 2022.

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MINUTA EXPLICATIVA: EDUCACIÓN EN LA PROPUESTA DE NUEVA CONSTITUCIÓN

Aquí un informe del Directorio Nacional del gremio docente sobre lo incluido en Educación en la Propuesta de Nueva Constitución redactada por la Convención Constitucional, que será plebiscitada el próximo 4 de septiembre de 2022.

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ESTOS SON LOS ARTÍCULOS SOBRE EDUCACIÓN EN LA PROPUESTA DE NUEVA CONSTITUCIÓN

En el documento oficial entregado por la Convención Constitucional a la ciudadanía, nueve artículos definitivos establecen normas relacionadas directamente con Educación, que van desde el artículo 35 al 43, donde se instituyen las nuevas normas sobre Educación que se aplicarán en el país si se aprueba la Nueva Constitución. Además, dos normas transitorias se refieren también a Educación. Aquí, todos los artículos al respecto.


Artículo 35
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación es un deber primordial e ineludible del Estado.

2. La educación es un proceso de formación y aprendizaje permanente a lo largo de la vida, indispensable para el ejercicio de los demás derechos y para la actividad científica, tecnológica, económica y cultural del país.

3. Sus fines son la construcción del bien común, la justicia social, el respeto de los derechos humanos y de la naturaleza, la conciencia ecológica, la convivencia democrática entre los pueblos, la prevención de la violencia y discriminación, así como la adquisición de conocimientos, el pensamiento crítico, la capacidad creadora y el desarrollo integral de las personas, considerando sus dimensiones cognitiva, física, social y emocional.

4. La educación se rige por los principios de cooperación, no discriminación, inclusión, justicia, participación, solidaridad, interculturalidad, enfoque de género, pluralismo y los demás principios consagrados en esta Constitución. Tiene un carácter no sexista y se desarrolla de forma contextualizada, considerando la pertinencia territorial, cultural y lingüística.

5. La educación se orienta hacia la calidad, entendida como el cumplimiento de sus fines y principios.

6. La ley establecerá la forma en que estos fines y principios deberán materializarse, en condiciones de equidad, en las instituciones educativas y en los procesos de enseñanza.

7. La educación es de acceso universal en todos sus niveles y obligatoria desde el nivel básico hasta la educación media inclusive.

 

Artículo 36
1. El Sistema Nacional de Educación está integrado por los establecimientos y las instituciones de educación parvularia, básica, media y superior, creadas o reconocidas por el Estado. Se articula bajo el principio de colaboración y tiene como centro la experiencia de aprendizaje de las y los estudiantes.

2. El Estado ejerce labores de coordinación, regulación, mejoramiento y supervigilancia del Sistema. La ley determinará los requisitos para el reconocimiento oficial de estos establecimientos e instituciones.

3. Los establecimientos y las instituciones que lo conforman están sujetos al régimen común que fije la ley, son de carácter democrático, no podrán discriminar en su acceso, se rigen por los fines y principios de este derecho y tienen prohibida toda forma de lucro.

4. El Sistema Nacional de Educación promueve la diversidad de saberes artísticos, ecológicos, culturales y filosóficos que conviven en el país.

5. La Constitución reconoce la autonomía de los pueblos y naciones indígenas para desarrollar sus propios establecimientos e instituciones de conformidad con sus costumbres y cultura, respetando los fines y principios de la educación, y dentro de los marcos del Sistema Nacional de Educación establecidos por la ley.

6. El Estado brindará oportunidades y apoyos adicionales a personas con discapacidad y en riesgo de exclusión.

7. La educación pública constituye el eje estratégico del Sistema Nacional de Educación; su ampliación y fortalecimiento es un deber primordial del Estado, para lo cual articulará, gestionará y financiará un Sistema de Educación Pública de carácter laico y gratuito, compuesto por establecimientos e instituciones estatales de todos los niveles y modalidades educativas.

8. El Estado debe financiar este Sistema de forma permanente, directa, pertinente y suficiente a través de aportes basales, a fin de cumplir plena y equitativamente con los fines y principios de la educación.

 

Artículo 37
1. El Sistema de Educación Superior estará conformado por las universidades, los institutos profesionales, los centros de formación técnica, las academias creadas o reconocidas por el Estado y las escuelas de formación de las policías y las Fuerzas Armadas. Estas instituciones considerarán las necesidades comunales, regionales y nacionales. Tienen prohibida toda forma de lucro.

2. Las instituciones de educación superior tienen la misión de enseñar, producir y socializar el conocimiento. La Constitución protege la libertad de cátedra, la investigación y la libre discusión de las ideas de las académicas y los académicos de las universidades creadas o reconocidas por el Estado.

3. Las instituciones de educación superior del Estado forman parte del Sistema de Educación Pública y su financiamiento se sujetará a lo dispuesto por esta Constitución, debiendo garantizar el cumplimiento íntegro de sus funciones de docencia, investigación y colaboración con la sociedad.

4. En cada región existirá, al menos, una universidad estatal y una institución de formación técnico profesional de nivel superior estatal. Estas se relacionarán de manera coordinada y preferente con las entidades territoriales y servicios públicos con presencia regional, de acuerdo con las necesidades locales.

5. El Estado velará por el acceso a la educación superior de todas las personas que cumplan los requisitos establecidos por la ley. El ingreso, permanencia y promoción de quienes estudien en la educación superior se regirá por los principios de equidad e inclusión, con particular atención a los grupos históricamente excluidos y de especial protección, prohibiéndose cualquier tipo de discriminación.

6. Los estudios de educación superior conducentes a títulos y grados académicos iniciales serán gratuitos en las instituciones públicas y en aquellas privadas que determine la ley.

 

Artículo 38
Es deber del Estado promover el derecho a la educación permanente a través de oportunidades formativas múltiples, dentro y fuera del Sistema Nacional de Educación, fomentando diversos espacios de desarrollo y aprendizaje integral para todas las personas.

 

Artículo 39
El Estado garantiza una educación ambiental que fortalezca la preservación, la conservación y los cuidados requeridos respecto al medioambiente y la naturaleza, y que permita formar conciencia ecológica.

 

Artículo 40
Toda persona tiene derecho a recibir una educación sexual integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad; la responsabilidad sexoafectiva; la autonomía, el autocuidado y el consentimiento; el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad; que erradique los estereotipos de género, y que prevenga la violencia de género y sexual.

 

Artículo 41
1. Se garantiza la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla.

2. Esta comprende la libertad de madres, padres, apoderadas, apoderados y tutores legales a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes.

3. Las y los profesores y educadores son titulares de la libertad de cátedra en el ejercicio de sus funciones, en el marco de los fines y principios de la educación.

 

Artículo 42

Quienes integran las comunidades educativas tienen derecho a participar en las definiciones del proyecto educativo y en las decisiones de cada establecimiento, así como en el diseño, la implementación y la evaluación de la política educacional local y nacional. La ley especificará las condiciones, los órganos y los procedimientos que aseguren su participación vinculante.

 

Artículo 43

1. La Constitución reconoce el rol fundamental de las profesoras y los profesores, valora y fomenta la contribución de educadoras, educadores, asistentes de la educación y educadores tradicionales. En su conjunto, son agentes claves para la garantía del derecho a la educación.

2. El Estado garantiza el desarrollo del quehacer pedagógico y educativo de quienes trabajen en establecimientos e instituciones que reciban fondos públicos. Dicha garantía incluye la formación inicial y continua, su ejercicio reflexivo y colaborativo y la investigación pedagógica, en coherencia con los principios y fines de la educación. Asimismo, protege la estabilidad en el ejercicio de sus funciones asegurando condiciones laborales óptimas y resguardando su autonomía profesional.

3. Las trabajadoras y los trabajadores de educación parvularia, básica y media que se desempeñen en establecimientos que reciban recursos del Estado gozarán de los mismos derechos que contemple la ley.

 

NORMAS TRANSITORIAS

Vigesimoséptima

1. El Presidente de la República deberá presentar proyectos de ley que tengan por objeto la creación, adecuación e implementación de los siguientes sistemas: Sistema de Seguridad Social y Sistema de Cuidados, en el plazo de doce meses; Sistema Nacional de Salud, en el plazo de dieciocho meses; y Sistema Nacional de Educación, Sistema de Educación Pública y Sistema Integrado de Suelos Públicos, en veinticuatro meses. Los plazos antes señalados se contarán a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución.

2. El Poder Legislativo deberá concluir la tramitación de estos proyectos en un plazo no superior a veinticuatro meses contados desde la fecha de su presentación

 

Trigésima primera

1. La ley que crea el Sistema Nacional de Educación deberá contemplar la regulación del financiamiento basal de las instituciones que forman parte del Sistema de Educación Pública y el financiamiento de aquellas instituciones que cumplan con los requisitos que establezca la ley y sean parte del Sistema Nacional de Educación, según lo dispuesto en el artículo 36 del capítulo de Derechos Fundamentales y Garantías. Asimismo, deberá regular el financiamiento progresivo de la gratuidad de la educación superior, según lo dispuesto en el artículo 37 del capítulo de Derechos Fundamentales y Garantías.

2. La ley que crea el Sistema Nacional de Educación deberá garantizar la participación de las comunidades educativas en el proceso de adecuación del sistema educativo, según lo dispuesto en los artículos 42 y 43 del capítulo de Derechos Fundamentales y Garantías.


Puede ver la Propuesta de Nueva Constitución, íntegra, en: https://www.colegiodeprofesores.cl/2022/07/04/documento-oficial-propuesta-de-constitucion-politica-de-la-republica-de-chile-2022/

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EDUCACIÓN EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN

Análisis explicativo elaborado por el Directorio Nacional del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile a la normativa educativa incluida en la Propuesta de Nueva Constitución redactada por la Convención Constitucional, presentada al país el 4 de julio de 2022

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[DOCUMENTO OFICIAL] PROPUESTA DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE 2022

Aquí, el documento oficial entregado por la Convención Constitucional al pueblo de Chile con la propuesta definitiva, ordenada y sistematizada de Nueva Constitución Política de la República.

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Fuente: https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/07/Texto-Definitivo-CPR-2022-Tapas.pdf

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MAGISTERIO ENTREGÓ PETITORIO 2022 AL MINISTRO DE EDUCACIÓN

Pasadas las 19:00 horas llegó hasta la sede nacional del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile el ministro de Educación Marco Antonio Ávila, para recibir de manos del directorio nacional y  el presidente del Magisterio Carlos Díaz Marchant el Petitorio 2022 con las demandas históricas, además de aquellas demandas urgentes que ya fueron conversadas en los primeros encuentros con el ministro en marzo, y también demandas emergentes que hoy representan una gran preocupación y agobio para el gremio docente. El encuentro  estuvo marcado por una extensa jornada de más de dos horas de conversación, donde fueron tratados cada uno de los puntos expresados en el Petitorio 2022.

El presidente del Colegio de Profesoras y Profesoras de Chile, Carlos Díaz Marchant manifestó que «Hemos tenido una larga reunión, más de dos horas y media, donde hemos entregado al ministro de Educación el petitorio 2022 que contiene nuestras demandas más sentidas como profesoras y profesores, dando lectura a cada uno de estos temas con el ministro. Nuestro petitorio contiene demandas muy sentidas, algunas históricas que provienen desde el año 2019, están planteados también los temas urgentes que le expresamos al ministerio en marzo de este año. Todo lo vetado por Sebastián Piñera también está contenido y también hay demandas emergentes que hoy están agobiando al profesorado nacional, pero por sobre todo quiero resaltar que dentro de nuestro petitorio está la esperanza de avanzar hacia un nuevo modelo educativo y eso significa revisar todo lo que hoy tenemos respecto de políticas educativas en nuestro país, así es que nos vamos contentos.

Por su parte, el ministro de Educación, Marcos Antonio Ávila expresó que «primero quiero saludar a las y los profesores de nuestro país y también decirles que me es muy grato cumplir con una tradición democrática, yo al igual que otros ministros y ministras anteriormente que han venido a visitar la sede del Colegio de Profesores Nacional, a reunirse con su directorio para conocer de primera fuente y en su casa cuáles son las principales demandas y requerimientos. Nuestro gobierno es un gobierno que viene de la movilización social y por tanto, hay muchos elementos que están en este petitorio que son parte también de nuestro programa de gobierno, Vamos a avanzar con diálogo, en algunas cosas estaremos de acuerdo, en otras tendremos que ponernos de acuerdo y en otras también podemos tener posibilidad de disentir. Creemos firmemente en el diálogo y sabemos que la conversación permanente, la cultura del diálogo es la que tiene que darse en nuestro país, es la invitación que hemos hecho a las estudiantes a los profesores y a las comunidades en general. Ha sido una reunión muy grata, larga como señala el presidente, pero que esperamos que sea un largo camino de trabajo en conjunto para los próximos años».

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